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08 octubre 2026

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Operadores Móviles Virtuales en el Mercado Latinoamericano

Operadores Móviles Virtuales en el Mercado Latinoamericano

Operadores Móviles Virtuales en el Mercado Latinoamericano

Msc. Iris Lisett Merino de Romero. – El Salvador

Más operadores móviles virtuales no equivalen, por sí solos, a más competencia: la diferencia la hacen el acceso mayorista, la continuidad de servicio, la protección al usuario y la vigilancia activa de la concentración de mercado.

El operador móvil virtual se ha convertido en una de las figuras más visibles de la transformación del mercado móvil latinoamericano. Su promesa es sencilla de enunciar: una empresa que puede prestar servicio móvil bajo marca propia, facturar directamente a sus clientes y competir por segmentos de mercado sin necesidad de poseer espectro radioeléctrico ni desplegar infraestructura de red propia, apoyándose en cambio en un contrato de acceso mayorista con un operador con red. Esa facilidad de entrada ha abierto la puerta a modelos tan distintos como el Full MVNO, el Light MVNO y el Branded Reseller, cada uno con su propio nivel de inversión, control de marca y tiempo de lanzamiento. Sin embargo, la multiplicación de marcas comerciales que operan bajo este esquema no debe confundirse con madurez competitiva del mercado. La pregunta relevante para los reguladores de la región no es si conviene permitir que existan operadores móviles virtuales, sino bajo qué condiciones de acceso mayorista, continuidad y protección al usuario esa figura efectivamente amplía la competencia y el acceso, en lugar de limitarse a una competencia nominal.

La región enfrenta esta pregunta desde realidades regulatorias muy distintas. México, Brasil, Chile, Colombia, Perú, Argentina y Ecuador han construido siete enfoques diferentes para licenciar y supervisar a los OMV: en México se combinan lineamientos específicos con un procedimiento de continuidad de servicio y un análisis periódico público del mercado; Brasil distingue dos modalidades reguladas y aplica reglas relacionadas con el roaming permanente; en Chile se vinculan los concursos de espectro con la apertura para los OMV, exigiendo descuentos mínimos del veinte por ciento a partir de un fallo judicial de 2011; en Colombia se interviene de forma dinámica sobre las tarifas mayoristas años después del marco inicial; Perú es, paradójicamente, un antecedente regulatorio temprano en relación con los otros países, ya que sus inicios fueron en 2013, sin embargo, los datos sectoriales lo siguen describiendo como un mercado aún incipiente. Un marco de acceso mayorista que funciona en un mercado con autoridad reguladora consolidada y con capacidad de fiscalización puede producir resultados muy distintos en uno donde esa capacidad institucional todavía se está construyendo. Por eso la adopción del modelo OMV no puede basarse en trasplantar sin más un marco extranjero: debe responder a la estructura de mercado, la capacidad regulatoria y la historia institucional de cada país, sin renunciar al aprendizaje comparado entre ellos.

El cómo y el dónde un OMV puede aportar mayor valor depende de qué variable se observe. En diversificación de la oferta, permite segmentar nichos de mercado que un operador con red rara vez atiende directamente. En inclusión digital, su promesa es más matizada de lo que suele presentarse: la brecha de cobertura en la región, es comparativamente pequeña frente a la brecha de uso de la población que cuenta con cobertura, pero no utiliza la conectividad de forma efectiva. De las cuatro dimensiones que explican esa brecha de uso: asequibilidad, alfabetización digital, relevancia percibida y disponibilidad cualitativa, el OMV de bajo costo incide de forma directa en una sola: la asequibilidad. Las otras tres dependen de políticas que exceden por completo la capacidad de cualquier operador virtual. En innovación, la convergencia con el ecosistema Fintech y con el Internet de las Cosas abre oportunidades reales, pero concentradas hasta ahora en casos puntuales y dependientes de un único socio financiero o un único operador anfitrión, lo que traslada el riesgo de concentración de un nivel del mercado a otro en lugar de eliminarlo.

La incorporación de nuevos operadores puede contribuir a una mayor competencia efectiva, especialmente cuando los OMV amplían la diversidad de ofertas y modelos comerciales disponibles para los usuarios. Si bien en los mercados más concentrados de la región los operadores con red continúan gestionando la gran mayoría del tráfico móvil, los OMV representan una oportunidad para dinamizar el mercado y complementar la oferta existente. Su participación varía considerablemente entre países, lo que refleja distintos niveles de desarrollo y madurez de este segmento. Por ello, más que evaluar su crecimiento únicamente por su participación actual en el mercado, resulta relevante considerar su potencial para generar nuevas alternativas para los consumidores, promover la innovación comercial y fortalecer gradualmente la competencia.

La expansión de los OMV no solo abre nuevas oportunidades comerciales, sino que también plantea la necesidad de fortalecer los mecanismos que garantizan la continuidad del servicio. Al no contar con una red propia, un operador móvil virtual depende de la continuidad de su contrato de acceso mayorista con un operador anfitrión. Por ello, contar con reglas claras para gestionar la terminación o transición de estos acuerdos resulta fundamental para proteger a los usuarios y dar mayor certeza a todos los participantes del mercado.

México ofrece uno de los ejemplos más desarrollados en esta materia. Desde febrero de 2025, se exige una notificación escalonada de treinta, quince y cinco días antes de cualquier salida, y se obliga al operador con red a mantener las líneas activas durante cuarenta días adicionales. Este tipo de salvaguardas permite que la expansión de los OMV se produzca dentro de un marco que combine flexibilidad comercial, certidumbre para los operadores y continuidad para los usuarios. El desafío para los demás países de la región consiste, por tanto, en avanzar hacia mecanismos equivalentes que acompañen el crecimiento de este segmento y aseguren que la mayor diversidad de ofertas se traduzca también en mayor estabilidad y opciones para los consumidores.

La protección al usuario de un OMV no puede quedar como una declaración de principios: debe traducirse en mecanismos operativos concretos y verificables. Calidad de servicio, portabilidad numérica, transparencia y continuidad son las cuatro dimensiones sobre las que puede evaluarse, en la práctica, si un marco regulatorio protege a quien contrata un servicio móvil virtual. México y Colombia están entre los casos con plazos de portabilidad más exigentes de la región, veinticuatro horas y menos de un día hábil, respectivamente, pero la evidencia más interesante viene de Colombia, donde desde abril de 2023 la medición de calidad de servicio incorpora una aplicación de medición participativa. Esa es una evidencia independiente y verificable de algo que vale la pena subrayar: que exista formalmente un mecanismo de protección no garantiza, por sí solo, que ese mecanismo funcione en la práctica. La protección real exige verificación continua, no solo normas publicadas.

La dimensión de mercado de esta discusión merece una consideración aparte. Un OMV puede, en teoría, presionar precios a la baja y forzar a los operadores con red a competir con mayor intensidad. Pero esa presión competitiva no es automática: depende de que el acceso mayorista se otorgue en condiciones genuinamente no discriminatorias, de que la autoridad de competencia vigile activamente la concentración y de que el espectro, un recurso escaso por definición, no termine reforzando a los mismos actores dominantes bajo una nueva etiqueta. Cuando el acceso al espectro se vincula a mecanismos de exclusión de nuevos entrantes, o cuando la red mayorista neutral que debería nivelar el terreno de juego no logra sostenerse financieramente, el resultado puede ser una competencia aparente que no se traduce en mejores condiciones para los usuarios. La apertura del mercado a los OMV, por sí sola, no sustituye la necesidad de una autoridad de competencia activa y con capacidad real de intervención.

La gobernanza regulatoria es lo que convierte estos principios en capacidad efectiva. Licenciar a un OMV implica, en la práctica totalidad de los países de referencia, cinco etapas: solicitud, evaluación de requisitos legales, técnicos y financieros, otorgamiento del título habilitante, negociación del acuerdo mayorista y, finalmente, inicio de operaciones bajo marca propia. Cada una de esas etapas requiere capacidad técnica específica dentro del regulador: para evaluar viabilidad financiera, para fiscalizar condiciones mayoristas no discriminatorias, para monitorear la concentración de mercado de forma periódica y pública. Un marco regulatorio bien diseñado en el papel, pero sin capacidad institucional para fiscalizarlo, termina produciendo los mismos resultados que la ausencia de regulación.

El acuerdo de acceso mayorista, entendido como el contrato entre el OMV y su operador anfitrión, es en términos prácticos, el documento que determina si ese OMV podrá competir en condiciones reales o si operará como una marca cautiva de su propio proveedor de red. Las condiciones de ese acuerdo deberían contemplar explícitamente la continuidad de servicio ante una eventual salida, la calidad técnica garantizada, la transparencia tarifaria frente al usuario final y mecanismos de resolución de controversias que no dejen al OMV y, por extensión, a sus clientes en una posición de indefensión frente al operador con red del que depende por completo. La experiencia de la Red Compartida mexicana muestra, además, que incluso cuando el Estado diseña una infraestructura mayorista explícitamente para nivelar ese terreno de juego, sostenerla financieramente mientras se alcanzan metas de cobertura ambiciosas es un desafío en sí mismo, no una garantía automática de éxito.

Construir capacidad regulatoria sobre OMV requiere, también, invertir en conocimiento comparado. Los marcos regulatorios de la región no evolucionan de forma sincronizada ni comparten necesariamente la misma terminología, por lo que comparar estos marcos no es un ejercicio meramente académico, más bien puede constituirse como la base para que un regulador que recién empieza a construir su marco de OMV pueda anticipar problemas que otro país ya enfrentó, como por ejemplo casos de concentración de mercado pese a la apertura formal, la fragilidad financiera de una red mayorista neutral, la ausencia de un mecanismo de continuidad de servicio, etc., en lugar de descubrirlos por experiencia propia, con el costo que eso implica para los usuarios.

La promesa de los operadores móviles virtuales en América Latina sigue siendo real: diversificación de la oferta, presión competitiva, nichos de inclusión y una vía de entrada al mercado móvil sin la barrera de capital que exige desplegar una red propia. Pero esa promesa solo se cumple cuando el acceso mayorista es genuinamente no discriminatorio, cuando la continuidad de servicio está protegida por regulación y no solo por la buena voluntad contractual de dos empresas privadas, cuando la protección al usuario se verifica y no solo se declara, y cuando la autoridad de competencia vigila que la multiplicación de marcas no sea, en el fondo, la misma concentración de siempre con una etiqueta distinta. Leer el ecosistema OMV con ese nivel de exigencia, comparando entre países, verificando cifras y reconociendo lo que cada mecanismo puede y no puede lograr es justamente lo que permite que la competencia anunciada se convierta en una competencia real.

Fuentes base consultadas

GSMA (2026). The Mobile Economy Latin America 2026.
OSIPTEL, Perú (2013). Operadores Móviles Virtuales: Funcionamiento, Experiencia Internacional y Recomendaciones.
IFT, México (2025). Análisis del Mercado de los Operadores Móviles Virtuales, 8.ª edición.
UIT-D (1999). Telefonía móvil celular.

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